sábado, 10 de mayo de 2008

Aprueban en diputados prohibir la venta libre de medicamentos

MEDICAMENTOS
Aprueban en diputados prohibir la venta libre de medicamentos

[07/05 | 22:18] Esta tarde la cámara baja nacional dio curso al proyecto que retorna a las farmacias la exclusividad absoluta en la comercialización de fármacos de cualquier tipo· La "venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia", reza la iniciativa.




Los diputados dieron hoy media sanción al proyecto de ley que regresa la venta de todo tipo de medicamentos en forma exclusiva a las farmacias habilitadas para ese fin y califica como ‘ejercicio ilegal de la farmacia‘ su comercialización en otro tipo de establecimientos.

La iniciativa fue votada a favor por 174 diputados, 2 en contra y una sola abstención y ahora deberá ser tratada en la Cámara alta para su sanción definitiva. El proyecto modifica el artículo 1.de la Ley 17.565 y dispone que ‘la preparación de recetas, dispensa de drogas, medicamentos incluidos los de dispensa sin receta o denominados de venta libre, especialidades farmacéuticas cualquiera sea su condición de expendio, solo podrán ser efectuadas en farmacias habilitadas‘.

De acuerdo con la iniciativa, ‘la autoridad de aplicación podrá disponer la incorporación de otro tipo de productos al presente régimen‘. Y dispone que la ‘venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia y sin perjuicio de las sanciones establecidas por la ley, los que la efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal‘.

También, aclara que las autoridades sanitarias a nivel nacional y provincial se encuentran ‘facultadas para autorizar a título precario en zonas en donde no actúen farmacéuticos el establecimiento de botiquines de medicamentos debiendo determinar las condiciones administrativas e higiénicas sanitarias de los mismos‘.

Además, ‘los programas nacionales, provinciales, municipales o comunales destinados a la provisión de medicamentos o productos antes mencionados deben contar con la supervisión de farmacéuticos conforme lo regule la autoridad jurisdiccional competente‘.

En 1991, el Ejecutivo Nacional, mediante el decreto 2284, autorizó ‘la venta de especialidades medicinales catalogadas como de expendio libre por la autoridad sanitaria, en aquellos establecimientos comerciales no comprendidos en la Ley N. 17.565‘.

En los fundamentos se sostiene que ‘a partir de la sanción del mencionado decreto sobre desregulación económica se pretendió generalizar la venta de medicamentos de venta libre, permitiéndose que se comercialicen los mismos en otros locales comerciales aunque no fueran las farmacias habilitadas argumentando para ello ’su baja toxicidad y supuesta disminución de los precios por exacerbación de la oferta’‘.

Al respecto, se indica que los ‘pretendidos resultados no se lograron‘ sino que ‘los medicamentos no solo no bajaron de precio sino que aumentaron a pesar de la convertibilidad en más de un 140% en 10 años‘, además de registrarse la existencias en los referidos establecimientos ‘medicamentos robados, adulterados y falsificados‘.
|| Fuente: 07 de Mayo de 2008(diariohoy)

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