miércoles, 31 de enero de 2007

Normativa para habilitacion de Farmacias en Rio Negro

VIEDMA, 30 de Octubre de 1.996 -.


VISTO la necesidad de actualizar las normas para la instalación de farmacias y botiquines en la Provincia de Río Negro, ordenando y unificando las que históricamente se han producido, y;

CONSIDERANDO::

Que la Ley Provincial Nº 2541/92 (desregulación) establece que el Ministerio de Asuntos Sociales deberá dictar las normas pertinentes.

Que se hace necesario actualizar el Petitorio Farmacéutico que rige para la habilitación de todas las farmacias que se instalen en la Provincia de Río Negro,

Que toda habilitación de farmacias y botiquines deberán contar como mínimo con el petitorio farmacéutico que se detalla;

Por ello:

EL CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA

R E S U E L V E :

Artículo 1º - Establecer los requisitos que deberán cumplimentarse para la instalación

- - - - - - - - de Farmacias y Botiquines en la Provincia de Río Negro .Se deberá presentar ante el Departamento de Farmacias, Drogas y Medicamentos, la siguiente documentación de acuerdo a los Anexos I,II,III,IV y V de la presente Resolución.


Artículo 2º.- Regístrese, Publíquese en Boletín Oficial, Comuníquese y Archívese.-

RESOLUCIÓN 023 "CPSP"


ANEXO I: DOCUMENTACIÓN


* Nota de solicitud acompañada de un sellado provincial cuyo monto fijará la autoridad provincial competente, en la que deberán constar los siguientes datos:

1.- NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO:

2.- PROPIETARIO:

2.1.- .Nombre del Propietario unipersonal:

D.N.I.

2.2.- Nombre de la Razón Social Propietaria:

Nombre y documento de cada integrante.

3.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PUBLICO DE

COMERCIO.

4.- UBICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO

Provincia de Río Negro, Departamento, Localidad, Manzana,

Lote, Calle, Nº y Teléfono.

5.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL DIRECTOR

TÉCNICO:

Nombre y Apellido, D.N.I., Sexo, Fecha de nacimiento, Título

Nacionalidad, Matrícula Nacional y Provincial.

DOMICILIO:

Departamento, Localidad, Calle, Nº y Teléfono.

6.- TIPO Y RAMAS DE ACTIVIDAD DEL

ESTABLECIMIENTO

7.- Lugar y fecha: firma.

La solicitud deberá acompañarse de:

* Documentación que acredite que el solicitante tiene derecho al uso del inmueble (escritura de propiedad, contrato de locación, comodato) con firmas certificadas, en original o copia autenticada.

* Dos (2) copias autenticadas del “Plano Municipal”, actualizado y aprobado.

* Certificado de habilitación comercial o factibilidad otorgado por la Municipalidad local.

* Certificado expedido por autoridad municipal, donde conste la distancia que media entre el local propuesto para la instalación de esta farmacia y las farmacias mas cercanas con habilitación comercial, a fin de cumplimentar la Resolución 4425/98 (200 Metros).

* Constancia de matriculación en la Provincia de Río Negro.

* Certificado de libre ejercicio profesional expedido por la provincia en la que el profesional se haya desempeñado últimamente.

* Título profesional.

· Todas las fotocopias autenticadas.

ANEXO II: CARACTERÍSTICAS EDILICIAS Y EQUIPAMIENTO

- El local para farmacia, deberá tener por lo menos una superficie de cincuenta (50) metros cuadrados útiles, en el que se destinará:

a) Un ambiente para atención al público,

b) Un ambiente para laboratorio,

c) Un ambiente para depósito de drogas, medicamentos, envases, útiles, etc. Para psicotrópicos y estupefacientes se dispondrá de un local exclusivo con cerradura de seguridad o mueble con estructura y cierre, que garantice el control de stock .

- Deberá contar, además, con un baño que deberá tener por lo menos inodoro y pileta lavamanos.

- La superficies útil de cincuenta (50) metros cuadrados podrá estar constituida por uno ó mas ambientes. Ninguno de los ambientes deberá ser menor de tres (3) metros cuadrados y de un lado no inferior de un metro cincuenta (l,50), las separaciones entre zonas o ambientes internos, podrá realizarse de cualquier material, incluso tabiques o estanterías fijas.

- La zona o ambiente destinado a la atención al público deberá tener por lo menos una superficie de veinte (20) metros cuadrados. La zona o ambiente destinado a laboratorio deberá tener por lo menos una superficie útil de diez (10) metros cuadrados y contar con una mesa de trabajo provista de agua potable y pileta con desagüe. La mesada y pileta deberán estar construidas o recubiertas de material impermeable y de fácil limpieza; en caso de encontrarse adosadas a la pared, deberán tener un friso de iguales características sobre la/s misma/s.

- El depósito deberá tener como mínimo veinte (20) metros cuadrados, buena luz y ventilación , y condiciones necesarias para la conservación de los medicamentos en él estacionados.

- Todos los ambientes de la farmacia deberán ser de aspecto sobrio, limpios y deberán tener buena iluminación y ventilación naturales. Todos los pisos deberán ser lisos y estarán colocados sin junta abierta para permitir su fácil limpieza..

- En la construcción de las paredes, pisos y techos podrá utilizarse todos los materiales que admitan las regulaciones municipales; en los planos que acompañarán la solicitud, deberá constar los materiales utilizados y contar con la aprobación del departamento municipal de obras particulares o dependencia equivalente.

- Cuando en los planos no conste la distribución de ambientes o zonas de la Farmacia a habilitar, se deberá agregar un croquis con esas indicaciones, elaborado según normas técnicas de arquitectura.

- Todas la farmacias deberán poseer heladera de una capacidad mínima de seis (6) pies cúbicos, destinada a la conservación de los medicamentos que requieren bajas temperaturas de almacenamiento para garantizar su conservación.

- Todas la farmacias deberán tener por lo menos el instrumental y elementos de laboratorio que se detallan y en las cantidades mínimas que se establecen:

1 balanza sensible al centigramo.

1 balanza sensible al gramo, con capacidad hasta 2 kg.

1 medio de calefacción para preparaciones farmacéuticas.

3 cápsulas surtidas de porcelana o enlozadas.

3 embudos surtidos.

3 espátulas de acero, asta o hueso.

6 medidas y probetas surtidas de 15 cc. a 500 cc.

1 plancha para pomadas.

1 caja de papel de filtro, diversos tamaños.

3 tamices surtidos.

1 termómetro de laboratorio hasta 200ºC.

6 tubos de ensayo.

6 varillas de vidrio (agitadores).

50 cápsulas de gelatina de cada tamaño.

-Todas las farmacias deberán poseer envases vacíos para drogas y preparaciones, adecuados para la conservación y expendio de las distintas formas farmacéuticas, de diferentes tamaños. La cantidad mínima será de cinco (5) de cada uno de los tipos y tamaños de uso corriente.

ANEXO III: CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO

- En el caso de locales ubicados en galerías comerciales deberá garantizarse el libre acceso las 24 horas del día y se dispondrá de adecuada señalización para el funcionamiento en servicios de guardia.

El local de la farmacia deberá estar separado de locales no propios mediante paredes fijas similares al resto de la construcción y no se admitirán cerramientos provisorios o removibles. No podrá estar comunicado con viviendas, salvo que el morador sea el Farmacéutico/a y su grupo familiar y que esta vivienda disponga de otra entrada independiente.

- A fin de rotular los productos que expendan, todas las farmacias deberán poseer rótulos para envases impresos con el nombre y domicilio de la farmacia, nombre del director técnico y espacio para escribir los datos del contenido; además deberá contar con rótulos impresos con la leyenda “uso externo”; la cantidad mínima es de cincuenta (50) de cada uno.

- Todas las farmacias deberán contar con los siguientes libros de contralor:

a) Libro Recetario.

b) Libro Contralor de Estupefacientes.

c) Libro Contralor de Sicotrópicos.

ANEXO IV: DROGAS E INSUMOS VARIOS

- Todas la farmacias deberán tener en existencia las drogas para realizar preparaciones que se detallan a continuación:

Aceite de almendras dulces ----------------------- 250 ml.

Aceite de olivas ----------------------------------- 250 ml.

Aceite de ricino ----------------------------------- 250 ml.

Aceite de sésamo ------------------------------------- 250 ml.

Aceite esencial de eucalipto --------------------- 50 ml.

Aceite esencial de limón ------------------------- 50 ml.

Aceite esencial de trementina ------------------- 250 ml.

Ácido acetil salicílico (aspirina) ---------------- 50 g.

Ácido bórico -------------------------------------- 250 g.

Ácido cítrico -------------------------------------- 250 g.

Ácido salicílico ----------------------------------- 50 g.

Agua de azahar ----------------------------------- 250 ml.

Agua destilada ------------------------------------ 5.000 ml.

Agua oxigenada ---------------------------------- 1.000 ml.

Alcanfor ------------------------------------------ 50 g.

Alcohol ------------------------------------------- 2.000 ml.

Amoníaco ---------------------------------------- 500 ml.

Azufre sublimado ------------------------------- 500 g.

Bálsamo del Perú -------------------------------- 25 g.

Bálsamo tranquilo ------------------------------- 250 g.

Bismuto subgalato (dermatol) ------------------ 50 g.

Boldo hojas -------------------------------------- 250 g.

Carbón activado --------------------------------- 50 g.

Cafeína ------------------------------------------- 25 g.

Calcio Carbonato -------------------------------- 250 g.

Caolín ------------------------------------------- 50 g.

Cobre sulfato ----------------------------------- 50 g.

Eucalipto hojas --------------------------------- 250 g.

Formol ------------------------------------------ 500 ml.

Glicerina ---------------------------------------- 500 ml.

Glucosa ----------------------------------------- 500 g.

Iodo --------------------------------------------- 100 g.

Lanolina ---------------------------------------- 250 g.

Magnesio sulfato ------------------------------- 500 g.

Manteca de cacao ------------------------------ 100 g.

Manzanilla flores ------------------------------ 500 g.

Mentol ------------------------------------------ 10 g.

Plata nitrato ------------------------------------ 5 g.

Potasio bicromato ----------------------------- 25 g.

Potasio ioduro --------------------------------- 25 g.

Potasio permanganato ------------------------- 100 g.

Sodio benzoato --------------------------------- 50 g.

Sodio borato ------------------------------------ 50 g.

Sodio bicarbonato ------------------------------ 500 g.

Sodio cloruro ----------------------------------- 50 g.

Sodio sulfato ------------------------------------ 500 g.

Sulfatiazol --------------------------------------- 25 g.

Talco --------------------------------------------- 2.000 g.

Tilo flores ---------------------------------------- 500 g.

Vaselina sólida ----------------------------------- 1.000 g.

Vaselina líquida ---------------------------------- 1.000 g.

- Todas las farmacias deberán tener en existencia las preparaciones farmacéuticas, especialidades medicinales y accesorios para casos de urgencia que se detallan a continuación y en las cantidades que se indican en cada caso:

Accesorios para inyectar sueros 3 juegos

Adrenalina al 0,1%, ampollas de loc. 25 unid.

Agua de D ‘Alibour 500 ml.

Agujas hipodérmicas (varias medidas) 20 unid.

Algodón 1.000 g.

Analépticos 6 envases

Analgésicos 10 envases

Antieméticos 3 envases

Antiepilépticos y anticonvulsivantes 6 envases

Antiespasmódicos muscolotrópicos 6 envases

Antihipertensivos 6 envases

Antihipotensores 6 envases

Antisépticos, antibióticos y quimioterápicos 6 envases

Antitusivos 6 envases

Atropina sulf. al 0,1%, ampollas de 1cc. 50 unid.

Cardiotónicos 5 envases

Diadermina 500 g.

Digitalina sol. 1%o 25 ml.

Diuréticos 6 envases

Eméticos 2 envases

Gamaglobulinas 2 envases

Gasa estéril 10 envases

Hemostáticos 6 envases

Jarabe Simple 1.000 ml.

Jeringa de goma p/enemas, varios tamaños 4 unid.

Jeringas hipodérmicas, varios tamaños 12 unid.

Linimento de Stokes 250 ml.

Morfina ampollas, 0,1% 25 ampollas

Pomada de óxido de Zinc comp. (P. Lassar) 250 g.

Queratoplásticos, agentes de acción 6 unid.

Sedantes hipnóticos barbitúricos 6 envases

Sedantes hipnóticos no barbitúricos 6 envases

Simpático miméticos 6 unid.

Simpaticolíticos 6 envases

Solución glucosada 25%, ampollas x 25 ml. 5 ampollas

Solución glucosada hipertónica x 500 ml. 2 envases

Solución glucosada isotónica x 500 ml. 2 envases

Soluc. Fisiol. triclorurada (Ringer) x 500 ml. 1 envase

Soluc. fisiol. de C1. socio x 500 ml. 2 envases

Sondas surtidas, diversas medidas 10 unid.

Suero antitetánico o gamaglobulina

antitetánica específica 2 dosis

Termómetros clínicos 5 unid.

Tintura de Iodo 100 ml.

Trombolíticos, enzimas 2 unid.

Uterina, agentes de acción 6 envases

Vacuna antidiftérica 2 unid.

Vacuna antipertussis 2 unid.

Vacuna antitetánica 2 unid.

Vasoconstrictores 6 envases

Vasodilatadores 6 envases

Vendas de Cambric, varias medidas 10 unid.

Vendas elásticas , varias medidas 3 unid.


Vendas enyesadas, varias medidas 3 unid.


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