viernes, 6 de junio de 2008

Proponen mejorar el Control de farmacias en Rio Negro

Viedma.- Mediante una comunicación al Ministerio de Salud de Río Negro los legisladores Martha Ramidán, Beatriz Manso, Fabián Gatti (FD) instaron a que con prontitud y controles se realice la regulación de la actividad farmacéutica de la provincia.

Entre los antecedentes del proyecto presentado a la Legislatura están los planteos del Sindicato de Empleados de Farmacias de Río Negro y de la Delegación provincial del Sindicato Argentino de Farmacéuticos, quienes aducen informalidad de la profesión y exigen mayor fiscalización de la actividad a Salud Pública. Al respecto los legisladores citaron que en un relevamiento hecho en el 2006 sobre 300 farmacias rionegrinas surgió que la mayoría están con alguna irregularidad, entre ellas la de profesionales que “prestan el título y cobran mediante factura” o “alquilan” el mismo “por $500 o $600”, cumpliendo o no sus funciones en el expendio de medicamentos, o bien trabajando “con mayor carga horaria pero con una retribución menor a la que le corresponde”. Otro dato que agregaron es que en Bariloche el Sindicato y el Concejo Deliberante están trabajando con la temática.

“El farmacéutico, en su carácter de Director Técnico de la Farmacia, después de cumplir su jornada habitual de 8 horas diarias, debe firmar el libro recetario con la hora de salida, al momento que contrate un farmacéutico auxiliar, en el caso de abrir por más de 8 horas diarias, por lo contrario, continúa como único responsable, a pesar de encontrarse ausente. Es imprescindible el libro recetario con horario de entrada y salida de Farmacia”, es otro dato agregado en los fundamentos de la comunicación.

En este sentido los legisladores argumentaron que “en orden a la Ley Nacional de Medicamentos, toda vez que el Director Técnico de una farmacia deba ausentarse momentáneamente, dentro del horario establecido para la atención al público- lo que solo podrá hacer por causas excepcionales y no reiteradas- situación que da a lugar, a la presencia a cargo un auxiliar de despacho (pueden ser estudiantes de farmacias, bioquímico y/ o de escuelas de farmacia, de universidades oficiales ó privadas, idóneos en farmacias, los que posean títulos otorgados por escuelas reconocidas por la secretaría de estado pública) solo puede despachar productos de venta libre, pero, ningún farmacéutico director técnico, podrá abandonar sus funciones, sin que se haya hecho cargo de las mismas, el director técnico reemplazante”.

Es el Ministerio de Salud Pública quien “entiende sobre todos los aspectos relativos a la función de la policía sanitaria, investigaciones, control de calidad de todo tipo de medicamentos- coordinado con organizaciones del Poder Ejecutivo, municipios, Ong´s y entidades del sector salud” y quien “entiende en lo referido al otorgamiento y fiscalización de permisos, habilitaciones, de establecimientos sanitarios y de la regulación del ejercicio profesional en el sector salud (…) Dependen funcionalmente (del mismo) organismos como el Departamento de Farmacia Provincial. Es el encargado de la inspección de los locales donde se ejerzan actividades que regla la ley 17565”, agregaron los legisladores.

De ésta manera, resulta imprescindible que se cumplan los controles, a través de la Subsecretaría de Salud Pública y, para mayor eficacia de sus funciones, insistir en el perfeccionamiento de la legislación laboral, difundir y capacitar, dictar normativas de seguridad e higiene, intervenir en los conflictos gremiales, instrumentar políticas activas de promoción de empleo y evitar fraudes laborales.

Los legisladores entienden que “el farmacéutico es un profesional sanitario” y que su actividad “ensambla el de ser operador por la mejora de la salud, prevención de la enfermedad y buen uso de los medicamentos”.

No hay comentarios: